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Tras nueve años, cantante folclórica pudo recuperar su inmueble

Este caso es muy común entre las personas que desconocen los pasos para proteger su inmueble. Conoce cómo hacerlo de forma correcta.

Desde hace nueve años, la cantante folclórica Lilia Cuadros se encontraba en una disputa legal, ya que la pareja Quezada Huerta había ocupado el inmueble que ella compró. Hoy, la artista recuperó su vivienda y la familia fue sentenciada. Pero más allá de villanos, esto se produjo por una situación de desconocimiento al momento cumplir los pasos para proteger una propiedad.

En 1990, Cuadros compró un terreno de 160 m², la cual alquiló a su hermano. «Comencé a pagar a letras. Cancelé en el año 90. Me entregaron una minuta yo por descuidada no me imaginé lo que me iba a pasar (…) no lo llevé a escritura pública, solo lo tenía ahí bien guardadito».

A pesar de tener una minuta de compra de la propiedad, esta debe estar inscrita en Registros Públicos, ya que, de no cumplir este paso, otra persona puede apoderarse de tu del terreno. La familia Quezada Huerta compró la misma propiedad en el año 1099 y la ocupó en el 2014.

«Este predio es una propiedad que compramos en 1999. Resulta que el arquitecto nos vendió, pagamos lo que correspondía, está en el archivo de la Nación, pero lo que pasa es que antes había una señora que había estado pagando y luego me avisaron que estaba dentro». Manifestó Rosa Huerta.

Si bien, ambas partes tienen la misma minuta por el lote 3 manzana D en la urbanización El Sol de Naranjal, la única diferencia es que el documento de Lilia Cuadros señala el frontis de la calle 3 y el de Rosa Huerta y Marino Quezada indica el frontis de la calle 4. La Familia Quezada inscribió con éxito su minuta en registros públicos el 11 de julio del 2014. En ese momento, el terreno estaba siendo alquilado por el hermano de la cantante.

EL DESALOJO DE LILIA

«Han aprovechado que han abierto la puerta. La han empujado y han sacado a golpes (a su hermano) y todo eso cuando vino la Policía no denunció no hicieron nada», expresó la cantante folclórica.

Rosa Huerta contó que, cuando tomó posesión de la propiedad, su abogada no los había asesorado bien. «Nos dijo, entren y se quedan. Pero esta señora se fue a la fiscalía. Nunca nos llegó una citación de la fiscalía. Nos enteramos cuando ya estaba en el Poder Judicial y nos denunciaron por usurpación».

La Corte Superior de Justicia de Lima Norte sentenció en el 2019 por usurpación agravada a Rosa Huerta y a su esposo Marino Quezada, a dos años y seis meses de pena privativa suspendida y a 4 años de pena privativa de la libertad suspendida. Según un representante de la SUNARP, esta situación se pudo haber evitado si el inmueble se hubiera saneado e inscrito en registros públicos. «Al no haberlo hecho (los pasos mencionados), el vendedor transfirió a terceras personas».

¿CÓMO EVITAR QUE LE SUCEDA ESTO A TU PROPIEDAD?

Paso 1- Debemos confirmar en la página de Publicidad Registral en línea que la propiedad le pertenece a quien la está dando en venta.

Paso 2- Una vez adquirido el bien, debe llevar la minuta a la notaría y hacer un documento solicitando la inscripción del predio en los Registros Públicos. La SUNARP evaluará el pedido en un máximo de siete días. De no haber conflicto, se procederá.

Como paso adicional, puede registrar una inmovilización de partida. Este trámite alerta a todas las notarías que, por 10 años, nadie puede ofrecer su propiedad.

20 abril 2023

Actualizado el : 20 abril 23 | 1:39 pm

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