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Atención: ¡Congreso promulgó Ley de Protección Policial!

La ley hace importantes precisiones sobre el servicio que presta el personal policial cuando hace uso de sus armas o medios de defensa.

Atención: ¡Congreso promulgó Ley de Protección Policial!

El Congreso de la República promulgó por insistencia la Ley de Protección Policial que tiene por objetivo dar protección legal al personal de la Policía Nacional del Perú (PNP) que, en ejercicio de sus funciones, hace uso de sus armas o medios de defensa.

 

«La presente ley tiene por finalidad garantizar la eficiencia del servicio que presta el personal policial en el cumplimiento de su función constitucional, cuando hacen uso de sus armas o medios de defensa en forma reglamentaria y de esta manera gocen de la protección legal del Estado», señala el artículo 2 de la ley.

 

La norma también señala que al ejercer su derecho a legítima defensa y de la sociedad, establecido en la ley, el principio de razonabilidad de medios será interpretado a favor del personal policial interviniente.

 

En tanto, en el artículo 3 precisa que el policía que hace uso de sus armas o medios de defensa, contraviniendo la Constitución Política del Perú, las normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos reconocidas por el Estado peruano y la presente ley, incurrirá en responsabilidad penal y no se aplicará los beneficios de la presente ley.

 

Luego, en su artículo 4 indica: «Se impondrán las restricciones previstas en el artículo 288 al Policía Nacional del Perú que, en cumplimiento de su función constitucional, hace uso de sus armas o medios de defensa en forma reglamentaria y causen lesión o muerte, quedando prohibido dictar mandato de Detención Preliminar Judicial y Prisión Preventiva».

Y en el artículo 5 señala: «Está exento de responsabilidad penal: El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que, en el cumplimiento de su función constitucional y en uso de sus armas u otro medio de defensa, en forma reglamentaria, cause lesiones o muerte».

 

La norma fue refrendada por el presidente del Congreso, Manuel Merino de Lama, y el primer vicepresidente de la Mesa Directiva del Parlamento, Luis Valdez.

28 marzo 2020

Actualizado el : 28 marzo 20 | 12:14 pm

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